martes, 25 de mayo de 2010

LEGISLACION

LOPD ( LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS)
Los ficheros de datos personales se clasifican en dos niveles:
  • Básico: Ficheros con información personal nombre, apellidos, e-mail, teléfono ...
  • Medio: Infracción penales o administrativas, servicio financiero, créditos, solvencias patrimoniales, información para la gestión de la hacienda publica.
  • Alto: ideología, religión, creencias, origen racial, salud, vida sexual, datos recabados para fines policiales sin consentimiento de los afectados.

La LOPD está recogida en la ley orgánica 15/1999, del 13 de Diciembre. Real Decreto 994/1999, del 11 de Junio por el que se aprueba el reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Real Decreto 1720/2007 del 19 de Diciembre por el que se aprueba el nuevo reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados y físicos que contengan datos de carácter personal.

lunes, 3 de mayo de 2010

RFC (Request for Comments)

Las RFC son una serie de notas sobre internet que comenzaron a publicarse en 1969. Cada una de ellas individualmente en un documento cuyo contenido es una propuesta oficial para un nuevo protocolo de la red Internet (originalmente de ARPANET), que se explica con todo detalle para que en caso de ser aceptado pueda ser implementado sin ambigüedades.

Cualquiera puede enviar una propuesta de RFC a la IETF (Internet Engineering Task Force) pero es ésta la que decide finalmente si el documento se convierte en una RFC o no. Si luego resulta lo suficientemente interesante, puede llegar a convertirse en un estándar de Internet.

Existen varias categorías, pudiendo ser informativos (cuando se trata simplemente de valorar por ejemplo la implantación de un protocolo), propuestas de estándares nuevos, o históricos (cuando quedan obsoletos por versiones más modernas del protocolo que describen).

Las RFC se redactan en inglés según una estructura específica y en formato de texto ASCII.

Antes de que un documento tenga la consideración de RFC, debe seguir un proceso muy estricto para asegurar su calidad y coherencia. Cuando lo consigue, prácticamente ya es un protocolo formal al que probablemente se interpondrán pocas objeciones, por lo que el sentido de su nombre como petición de comentarios ha quedado prácticamente obsoleto, dado que las críticas y sugerencias se producen en las fases anteriores. De todos modos, el nombre de RFC se mantiene por razones históricas.

Entidades certificadoras

En criptografía una Autoridad de certificación, certificadora o certificante es una entidad de confianza, responsable de emitir y revocar los certificados digitales o certificados, utilizados en la firma electrónica, para lo cual se emplea la criptografía de clave pública. Jurídicamente es un caso particular de Prestador de Servicios de Certificación.

La Autoridad de Certificación, por sí misma o mediante la intervención de una Autoridad de Registro, verifica la identidad del solicitante de un certificado antes de su expedición o, en caso de certificados expedidos con la condición de revocados, elimina la revocación de los certificados al comprobar dicha identidad. Los certificados son documentos que recogen ciertos datos de su titular y su clave pública y están firmados electrónicamente por la Autoridad de Certificación utilizando su clave privada. La Autoridad de Certificación es un tipo particular de Prestador de Servicios de Certificación que legitima ante los terceros que confían en sus certificados la relación entre la identidad de un usuario y su clave pública. La confianza de los usuarios en la CA es importante para el funcionamiento del servicio y justifica la filosofía de su empleo, pero no existe un procedimiento normalizado para demostrar que una CA merece dicha confianza.

Un certificado revocado es un certificado que no es válido aunque se emplee dentro de su período de vigencia. Un certificado revocado tiene la condición de suspendido si su vigencia puede restablecerse en determinadas condiciones.

Algunas entidades de certificación.